La recuperación de IVA Internacional. Otros supuestos: obligación legal de registro

Olga González, Tax Lawyers de VAT Company.

El marco comunitario permite a una empresa española recuperar el IVA en otro país cuando no es sujeto pasivo. Sin embargo, hay que tener en cuenta que en función de cada país de la UE hay gastos que devengan en IVA recuperable y otros no. “Cualquier inmueble atrae hacia sí la tributación”, reveló González, que considera que el hecho de no poder recuperar el IVA limita mucho la actividad comercial, como ocurre en los países latinoamericanos o en Turquía. España, por el contrario,“ es pionera en devolver IVA al extranjero por vía telemática”. Según la abogada, cuando una empresa española opera en otro mercado que no es su residencia tiene obligación de tributar igual que en su país. “Existe una posible exención: cuando una compañía no residente realiza operaciones cuyos destinatarios son del país. Es lo que se conoce como inversión de sujeto pasivo”, apuntaló.

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